Factura electrónica y códigos DIR3

Factura electrónica y códigos DIR3
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Tal y como establece la Ley 25/2013 de 27 de Diciembre de "Impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público", “todos los proveedores que hayan entregado bienes o prestado servicios a la Administración Pública podrán expedir y remitir factura electrónica.

Para poder enviar la factura electrónica es preciso disponer de un certificado digital. También instalar y utilizar una aplicación digital concreta que emite la factura en un formato que se genera a través de una aplicación específica que puede obtenerse desde la página informativa del Punto General de Entrada de facturas electrónicas (face.gob.es)

  • En el documento encontrarás nuestro Directorio Comun de Unidades Orgánicas y Oficinas (DIR3).

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  • Archivo: factura-electronica.pdf
  • Tamaño: 81.73 Kbs.
  • Generado: miércoles, 27 de diciembre de 2017.
  • Número de páginas: 2 páginas.